La Iglesia es sinodal, lo cual implica desde una eclesiología participativa la corresponsabilidad de todos los fieles. En esa perspectiva, resulta problemático para una sensibilidad democrática moderna la calificación de «solo consultivo» de los órganos participativos propuestos por el Código de derecho canónico. Tras haber evocado el anclaje de la sinodalidad en el misterio de la Iglesia, el autor recuerda que dicho concepto alude tanto a un estilo, un habitus, como a procesos e instituciones que implican el protagonismo de todos los fieles al igual que el papel singular del ministerio pastoral. De ahí concluye en la inadecuación del binomio de carácter jurídico "consultivo-deliberativo" para hacer resaltar a la vez el peso eclesiológico del dictamen común y la relevancia igualmente eclesiológica de la elaboración conjunta de las decisiones, in ecclesia.
Borras, A. (2021). La sinodalidad como elaboración conjunta de decisiones : salir del punto muerto del votum tantum consultivum. Teologia, 58(135), 93-111. https://doi.org/10.46553/teo.58.135.2021.p93-111 (Original work published 2021)